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SEGURIDAD VIAL / ¿TENGO QUE HACER LA ITV SI MI AUTO NO ESTÁ RADICADO EN CÓRDOBA?

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Además de los talleres municipales, hay otros dos para los vehículos radicados en otras localidades que no tienen ITV.
Cuáles son y en qué horario atienden.

Los vehículos radicados en localidades que no tienen Inspecciones Técnicas Vehiculares (ITV) propias deben, igualmente, realizar la revisión técnica para transitar por las rutas del país, tal como lo establece la ley nacional de tránsito N° 24.449.

La inspección procura certificar que el automóvil, el transporte de cargas o el de pasajeros, cumple con las normas de seguridad y el correcto funcionamiento de sus partes.

Hay en Córdoba dos talleres encargados de la revisión con validez nacional para aquellos automóviles que no estén radicados en Capital, Río Cuarto, Villa María y Laboulaye: Vecor (autopista Córdoba-Pilar Km 692) y Monte de Robles (avenida Arturo Capdevilla esquina Circunvalación, salida 5).

Qué se controla

La Revisión Técnica Obligatoria controla el correcto funcionamiento de las luces, el estado del tren delantero, de los neumáticos, amortiguaciones, frenos, emisión de gases.

También exige la tenencia de matafuegos, que no haya adulteraciones en el número de chasis, que el vehículo no tenga laminados ni polarizados, ni enganches o defensas. Que funcione correctamente la bocina, que no posea tanques no homologados, y otras especificaciones sobre vehículos de carga y cargas peligrosas.

Menos demoras

Los dos talleres encargados de la revisión nacional atienden en horario corrido: Vecor de 7 a 20 de lunes a viernes y de 7 a 12 los sábados; y Monte de Robles 8 a 20 de lunes a viernes y de 8 a 14 los días sábados.

En ambos casos es por orden de llegada, y aseguran que tienen menor demanda que los talleres para autos de Capital, en donde los automovilistas reclaman más celeridad (ver Hasta seis horas…).

Qué llevar

Quienes necesiten hacer la inspección deberán dirigirse con el vehículo, la cédula verde y algún otro documento que acredite el año del automóvil (póliza de seguro o título).

Es obligatorio

La ley nacional 24.449 especifica en su artículo 34° que “todos los vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública están sujetos a la revisión técnica periódica a fin de determinar el estado de funcionamiento de las piezas y sistemas que hacen a su seguridad activa y pasiva, y a la emisión de contaminantes”.

“Las piezas y sistemas a examinar, la periodicidad de revisión, el procedimiento a emplear, el criterio de evaluación de resultados y el lugar donde se efectúe, son establecidos por la reglamentación y cumplimentados por la autoridad competente. Esta podrá delegar la verificación a las concesionarias oficiales de los fabricantes o importadores o a talleres habilitados a estos efectos manteniendo un estricto control”, especifica la norma.

Caminara no lo controlará

Miguel Rizzotti, director de Prevención de Accidentes de la Provincia, dijo días atrás que en las rutas de Córdoba rige la ley provincial 8.560, y que la Policía Caminera no controlará por ahora las obleas de ITV.

“Entendemos que debe haber más talleres, a los fines de no generar trastornos. Eso no invalida que el policía a cargo de control, en caso de observar una falla técnica, retire el vehículo de circulación”, precisó el funcionario.

FUENTE: LA VOZ DEL INTERIOR (CÓRDOBA) – POR LAURA GIUBERGIA

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