En medio de la situación de pandemia de COVID-19, el Comité de Crisis conoció por nota del Director Nacional de Transporte Automotor de Cargas, que sin perjuicio de la continuidad de las medidas que el Estado Nacional se encuentra implementando con el fin de mitigar la propagación e impacto sanitario de la pandemia COVID 19, de conformidad con lo establecido por el artículo 1. Inc. 3 de la Decisión Administrativa Nº 524 del 18 de abril de 2020, el personal afectado a la actividad registral nacional y provincial, ha sido exceptuado del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular en el ámbito donde desarrolla sus tareas.
En este marco, los Centros de Recepción e Inscripción debidamente autorizados, se encuentran retornando a sus actividades, por lo que corresponde excepcionalmente, efectuar una extensión de la prórroga de los Certificados provisorios con vencimiento entre el 4 y 19 de mayo del corriente, extendiéndose el mismo hasta el 22 de junio de 2020.