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POLICÍA CAMINERA / ¿CUÁL ES LA VELOCIDAD MÁXIMA PERMITIDA EN LAS RUTAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA?

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La Policía Caminera realiza controles de velocidad en rutas y autopistas de Córdoba. Los detalles a tener en cuenta.

La Policía Caminera de Córdoba realiza habitualmente controles en las rutas y autopistas provinciales. Para evitar ser multado hay que tener en cuenta las velocidades permitidas, ya que se trata de una de las multas más graves.

Para tener en cuenta, en resumen, la máxima en rutas y autovías es de 110 km/h para autos y motos, y de hasta 130 km/h en autopistas (como la que va a Villa Carlos Paz o a Rosario).

Velocidades máximas permitidas en Córdoba

La Provincia de Córdoba cuenta con miles de turistas anualmente, provenientes de todas partes de la Argentina y del mundo.

El control de la velocidad es significativo para que todas las personas puedan manejarse por igual dentro del marco legal. Esta velocidad será determinada por estudios de ingeniería, que determinarán el máximo permitido, y el mínimo reglamentario, señala la Provincia.

Los límites máximos (genéricos) de velocidad, al no existir señalización que indiquen lo contrario, son:

En zona urbana: 

a) En calles: cuarenta (40) km./h.

b) En avenidas: sesenta (60) km./h.

c) En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la velocidad de coordinación de los semáforos.

En zona rural (rutas convencionales):

a) Para motocicletas, automóviles y camionetas: ciento diez (110) km./h.

b) Para ómnibus y casas rodantes motorizadas: noventa (90) km./h.

c) Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: ochenta (80) km./h.

d) Para transporte de sustancias peligrosas: ochenta (80) km/h.

Velocidades en rutas y autopistas

En autopistas y autovías los mismos del apartado 2 salvo para motocicletas y automóviles que puede llegar hasta ciento treinta (130) km./h. y los del punto b) que tienen el máximo de cien (100) km./h.

Límites máximos especiales:

a) En las intersecciones urbanas sin semáforos, ni señales de prioridad; la velocidad precautoria, nunca será superior a treinta (30) km./h.

b) En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos; la velocidad precautoria no será superior a veinte (20) km./h, y el cruce se efectuará después de asegurarse el conductor que no se acerca un tren.c) En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas la velocidad precautoria no será mayor a treinta (30) km./h, durante su funcionamiento.

d) En rutas que atraviesen zonas urbanas (travesías), la velocidad precautoria no será mayor a sesenta (60) km./h. Más info en la Página de la Caminera.

Los valores actuales de las multas de la Policía Caminera de Córdoba

Multas leves. Por infracciones leves, los conductores afrontan sanciones que van de 20 a 100 UF (pérdida de 0 a 2 puntos). Desde ahora se van a $ 23.340 a $ 116.700. Ejemplo: conducir fumando.

Infracciones graves. El parámetro va de 100 y 200 UF (pérdida de 2 a 5 puntos), costarán entre $ 116.700 a $ 233.400. Ejemplos: no llevar las luces encendidas.

Muy graves. Equivalen de 200 a 400 UF (pérdida de 5 a 20 puntos), llegan hasta los $ 466.800. Casos: cruzar semáforos en rojo; conducir a contramano o exceder el límite de velocidad.

Máximas. Las sanciones máximas son las que se ubican entre 1.200 y 2.000 UF. Los precios escalan de $ 1.400.400 a $ 2.334.000.

  • Además de la documentación, la Policía Caminera realizará controles de alcoholemia, recordando que en Córdoba rige la Ley de Tolerancia Cero al alcohol. También se controlará la velocidad y el estado general de los vehículos.

Cabe recordar que días atrás la provincia firmó junto a sus pares de Entre Ríos y Santa Fe un acuerdo para solicitar la misma documentación en las tres provincias.

Qué documentación pedirá la Policía Caminera en los controles de rutas de Córdoba

  • Licencia de conducir en formato físico: Es importante destacar que no se aceptará la licencia digital a través de la aplicación Mi Argentina debido a la falta de conectividad en algunos tramos de las rutas, lo que imposibilita la verificación en línea.
  • DNI del conductor.
  • Póliza de seguro vigente.
  • Cédula de identificación del vehículo (tarjeta verde).
  • Revisión Técnica Vehicular (RTV) o ITV vigente: Este requisito será obligatorio para vehículos registrados en Córdoba y Santa Fe. Los vehículos radicados en Entre Ríos estarán exentos de presentarla, ya que en esa provincia no es obligatoria.

FUENTE: LA VOZ DEL INTERIOR (CÓRDOBA)

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