Señores Asociados:
PRESENTE
Ref.: Secretaria de Ingresos Públicos – Agentes de información
Nos dirigimos a Uds. a los efectos de informarles sobre lo resuelto por la Secretaria de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba, por medio de la resolución SIP Nº 7/2017 y complementarias resolución SIP 20/2017 y resolución normativa DGR Nº 3/2017, por las cuales, establece que el transporte de cargas es agente de información, se trate este como Servicio de Transporte de Combustibles (Título I), o bien como Servicio de Transporte en carácter de consumidor (Título II), para el traslado o compra de combustibles líquidos para consumo propio.
Ante las distintas dudas, sobre el alcance de la normativa en el día de la fecha, representantes de CEDAC, se reunieron con el Director de Asesoría Fiscal, Cr. Sebastián Ferlatti, quien manifestó que todas las empresas de transporte están alcanzadas por la norma, debiendo cumplir los requerimientos de agentes de información, de acuerdo a las resoluciones citadas precedentemente, a partir del mes en curso y retroactivo al mes de enero del corriente año, y los subsiguientes meses a mes vencido.
Es importante destacar que la fuente de información será el Libro IVA Compra, del cual, se filtrarán los datos exigidos en los puntos 1 y 2 de la resolución 7/2017, en el carácter de consumidores.
Así mismo, como única exclusión como Agentes de Información, son aquellos transportistas que la sumatoria de bases imponibles , declaradas y/o determinadas por la Dirección en el impuesto sobre los Ingresos Brutos para el año inmediato anterior a los periodos que le corresponde suministrar información, no supere la facturación anual de pesos 7 millones ($7.000.000).
Adjuntamos a la presente, dirección web de las normativas y por cualquier duda consultar telefónicamente en CEDAC o bien por mail a institucional@cedac.com.ar
Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarle con nuestra mayor consideración.
Rolando Pérez
Gerente CEDAC
Resol. SIP 7/2017 http://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2017/05/1_Secc_19052017.pdf
Resol. SIP 20/2017 http://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2017/08/1_Secc_02082017.pdf
Resol. DGR 3/2017 http://boletinoficial.cba.gov.ar/wp-content/4p96humuzp/2017/08/1_Secc_23082017.pdf#page2